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Órganos de Gobierno

ÓRGANOS DE GOBIERNO

  1. La Asamblea General de Socios, es el órgano supremo de gobierno de la Asociación  integrada por todos los asociados, y  que adopta  los  acuerdos por el principio mayoritario  de democracia interna. Se reúne con carácter obligatorio una vez al año. Actualmente en la Asociación contamos  con 450 socios aproximadamente. En Adiser, éste tipo de órgano, es el principal.
  2. La Junta Directiva que es el órgano de representación que gestiona y representa los intereses de la Asociación de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Es la encargada de velar de forma directa y permanente por el cumplimiento de los fines y misión de la entidad. Actualmente los miembros son: presidente, vicepresidente, secretaria, tesorera y siete vocales.

socios

En La Asociación disponemos de  un equipo  de gestión y dirección técnica  y en cada uno de nuestros centros y servicios contamos con una estructura técnica con un responsable director y/o coordinador y un equipo de profesionales que ofrecen apoyos para dar respuesta a las necesidades de las personas con discapacidad y sus familias.

La Junta Directiva asegura que lo que se hace en la Asociación esté en línea con la misión, la visión y los valores de la nuestra entidad. En todos los programas y servicios de la Asociación trabajan profesionales que gestionan, dirigen y coordinan para que se alcancen todos los objetivos y se mejore la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual.

CLASES DE SOCIOS

Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas mayores de edad con capacidad de obrar y que tengan interés en el desarrollo de los fines de la misma. Además, para pertenecer a la Asociación se requerirá cumplimentar debidamente modelo de instancia y ser admitido por la Junta Directiva, sometiéndose a lo que dispongan los presentes Estatutos y el Reglamento del Régimen Interior.

La Asociación estará formada por tres clases de socios:

  1. Serán socios Numerarios las personas con discapacidad (mayores de edad y con capacidad de obrar), sus padres, tutores o representante legales cumpliendo simplemente con el requisito de inscribirse y ser admitido por la Junta Directiva.
  2. Serán socios Protectores todas aquellas personas físicas o jurídicas que mediante aportaciones voluntarias en metálico, especie o servicios contribuyan al sostenimiento de la Asociación.
  3. Serán socios de Honor, las personas físicas o jurídicas que por sus méritos contraídos en beneficio de la Asociación se hagan acreedores a esta distinción.